lunes, 13 de junio de 2022

La ley de Calidad Ambiental que pretende aprobar el ejecutivo asturiano : un riesgo para las personas y los ecosistemas

La proyecto de Ley de Calidad Ambiental [Texto PDF BOJGPA, 12/04/2022que pretende aprobar el ejecutivo asturiano podría suponer un riesgo para la salud de las personas y de los ecosistemas

  • El Gobierno asturiano pretende aprobar una Ley que permitiría desarrollar actividades empresariales en el medio natural, con el único requisito de una declaración responsable y sin evaluación ambiental previa.
  • Para los grupos ecologistas asturianos firmantes de esta nota, se trata de una ley regresiva que lejos de agilizar los procedimientos y ampliar las garantías de conservación del medio ambiente, favorece ciertos intereses empresariales, imponiendo a los pequeños promotores y a los ayuntamientos una carga burocrática y de responsabilidades inasumible.
  • Una ley con muchas indefiniciones que solo provocará inseguridad jurídica y que recorta las garantías de participación pública de la ciudadanía, olvidando además los grandes retos a los que nos enfrentamos en la actualidad: la crisis de la biodiversidad y la lucha contra el cambio climático.

Oviedo 13/06/2022. 

Grupos ambientales asturianos alertan de la Ley de Calidad Ambiental que quiere aprobar el Gobierno del Principado de Asturias. La Ley, que actualmente se encuentra en fase de anteproyecto, pretende agilizar, simplificar y reducir las cargas administrativas para el gobierno asturiano y los promotores, restando las necesarias garantías ambientales que una evaluación previa del impacto de las actividades o instalaciones que se desarrollan en el medio natural necesita. Además, pretende dejar en manos de los ayuntamientos toda la responsabilidad, las cargas burocráticas y la labor inspectora y sancionadora en materia de incidencia ambiental de las actividades o instalaciones desarrolladas en su municipio.

En materia de mejora de la participación pública, la nueva ley anuncia la mejora en los mecanismos de participación con la creación de un “Consejo Regional de Medio Ambiente del Principado de Asturias”, consejo que ya fue creado en 1991 y que después de 20 años sin convocarse fue eliminado mediante una derogación por decreto. Esta ley se limita a repetir su creación, sin que se encuentren justificaciones, o medidas especiales de fomento para una participación que no ha existido hasta la fecha. Tampoco mejora la participación con la reducción drástica de plazos en la presentación de sugerencias o alegaciones, por lo que la propia ciudadanía no podrá ejercer libremente y con garantías una adecuada participación. “No es lo mismo “información pública que “participación pública” y de nada sirve un Consejo formado mayoritariamente por personal político o de la administración, donde la sociedad civil tiene acotado su poder de participación y de decisión”, apuntan las organizaciones.

Para la tramitación y elaboración de este anteproyecto de Ley de Calidad Ambiental no se ha hablado ni se ha consensuado ninguno de sus puntos con los colectivos ecologistas y conservacionistas asturianos, al contrario de lo que mantuvo el vicepresidente del Principado durante su comparecencia en la Comisión de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático del pasado día 6 de junio. [videoteca] [PDF Diario de Sesiones]

Además, algunos de los miembros de los diferentes colectivos ecologistas y conservacionistas asturianos que participaron en la anterior Comisión del día 3 de junio [videoteca] [PDF Diario de Sesiones], comparecieron para mostrar su rotunda oposición a esta ley y su preocupación por lo que consideran una desprotección del Patrimonio Natural y la Biodiversidad de toda la ciudadanía.

Las organizaciones apuntan que Asturias necesita su propia Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, como un instrumento preventivo, y se está región se ha quedado la última en el contexto estatal. Esta Ley de Calidad Ambiental es una norma que nace ya anticuada, incluyendo figuras legales recientemente derogadas e incorporando procedimientos y conceptos que podrían incluso vulnerar principios o normas legales europeos y estatales. Parte de su articulado está basado en las derogaciones o recortes en las garantías ambientales que ya introducía la reciente Ley del Principado de Asturias 4/2021, de 1 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes, cuestionada por la Administración General del Estado por la posible vulneración del ordenamiento jurídico europeo y estatal y sobre la que hay en la actualidad una Comisión Bilateral de Cooperación para resolver las discrepancias legales que ha presentado el Estado.

Tratar de reducir o eliminar trámites en la intervención administrativa de materias ambientales no puede ser una limitación a las garantías de protección ambientales actuales, y mucho menos incumplir el principio legal de no regresión. Así, las organizaciones recuerdan que las normas autonómicas han de mantener y cumplir con los mínimos que exigen las normativas europea y estatal, y que las comunidades autónomas pueden desarrollar una norma estatal, en función de sus competencias, para mejorarla o hacerla más restrictiva, pero nunca para que la norma autonómica sea menos restrictiva, hacerla más laxa, vulnerar las normas europeas o estatales o empeorarla, sino se estaría incumpliendo el principio de no regresión.

Esta Ley de Calidad Ambiental que se pretende aprobar está plagada de indefiniciones, de falta de concreción en conceptos jurídicos y técnicos, algunos que resultan ser claves para el desarrollo y aplicación de la propia ley y que introducen un claro factor de inseguridad a los promotores y el sector de las pequeñas empresas en general.

Se obvian también principios fundamentales del derecho comunitario, como son los conceptos de que las actividades o instalaciones “no deben causar daños significativos al medio ambiente”, teniendo en cuenta claramente lo que es “incidencia o daño ambiental”, que ni siquiera citan en el anteproyecto de la Ley asturiana.

Tampoco incluye el proyecto de norma que, además de los procedimientos sancionadores para quien incumple la ley, resulta necesario establecer mecanismos para restaurar la legalidad ambiental incumplida y reparar el daño ambiental producido. Lejos de incorporar la obligatoriedad de restaurar el daño ambiental causado, el anteproyecto propone en una de sus disposiciones adicionales una especie de “amnistía fiscal ambiental” para eximir de la obligación de establecer garantías financieras a las empresas o promotores que desarrollen actividades que pueden causar daños al medio ambiente, siempre y cuando estos daños no superen los 3.000.000 de euros.

El anteproyecto de Ley también contempla entre otras cosas cuestionables que las actividades de investigación o experimentación “no requerirán someterse al régimen de autorización ambiental integrada, lo cual es sumamente peligroso porque se abriría la puerta al desarrollo de productos o procesos que podrían tener un grave impacto ambiental, amparándose en su carácter experimental y sin ni tan siquiera incluir como requisito que deban ser actividades de “escasa incidencia ambiental.

Por último, las organizaciones destacan que este anteproyecto hace una clara delegación de funciones y competencias en los ayuntamientos y en los promotores. A los primeros les impone una gran carga burocrática y técnica, teniendo que inspeccionar a posteriori las instalaciones o actividades consideradas de “menor incidencia ambiental”, sin evaluarlas previamente, y puestas en marcha mediante una declaración responsable de los promotores. Esta indefinición, no aclarada en el anteproyecto, de lo que es esa escasa incidencia ambiental, podría suponer una amenaza para la salud de las personas o los ecosistemas, ya que se podrían autorizar proyectos muy impactantes como por ejemplo una cantera, sin que se evalúe previamente su impacto y sin que vecinas y vecinos afectados puedan alegar o participar en el proceso de aprobación. 

Mientras, a los promotores o titulares de actividades empresariales o promotores, se les exige que mediante la Declaración responsable manifiesten que bajo su responsabilidad están cumpliendo con los requisitos establecidos en la legislación ambiental europea, estatal, autonómica y local, añadiendo una gran inseguridad jurídica, puesto que primero estarían invirtiendo para iniciar su actividad y luego se les haría las inspecciones por parte de los técnicos municipales con posterioridad al inicio de su actividad. 

Algunos ejemplos de actividades o instalaciones que este anteproyecto del gobierno asturiano propone “agilizar”, para regular mediante una “Declaración Responsable”, que inspeccionarán los ayuntamientos a posteriori, y al que vecinos y vecinas de la zona y ciudadanía en general no podrán realizar alegaciones o negarse al desarrollo de la actividad, tal como indica esta nueva norma:

  • Canteras para la extracción de hasta 200.000 toneladas al año.
  • Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales (EDAR) para tratamiento de aguas/efluentes residuales con capacidad de tratamiento de hasta 100.000 habitantes equivalentes.
  • Plantaciones de eucaliptos de hasta de 50 ha.
  • Concentraciones parcelarias de hasta 100 ha.
  • Subestaciones eléctricas, centros de seccionamiento y de transformación, y Líneas eléctricas en suelo no urbanizable (menor de 15 kV y menor de 3 km de longitud).
  • Gasolineras.
  • Implantación en suelo no urbanizable de antenas, repetidores o instalaciones de comunicaciones.
  • Modificaciones de trazados de carreteras y creación de enlaces.
  • Apertura de pistas forestales y de otro tipo, especialmente turísticas, minería, eléctricas y de telecomunicación.
  • Explotaciones ganaderas de hasta 600 cabezas de ganado.

Firman los siguientes grupos:

  • Coordinadora Ecoloxista d’Asturies
  • SEO/BirdLife 
  • Colectivo Ecologista de Avilés
  • Asturies por un Aire Sano
  • Conceyu contra la Incineración
  • Plataforma medioambiental de la Comarca de Avilés
  • Plataforma contra la contaminación de Xixón
  • La Plataforma Antitérmica La Pereda 
  • Coordinadora Ornitoloxica d’Asturies
  • Asociación Ereba Ecología y Patrimonio 
  • Asociación Medioambiental la Cirigueña
  • Asociación Geotrupes
  •  Asociación Asturiana de Amigos de la Naturaleza 
  • Plataforma Oro No
  • Instituto para la Calidad y la Educación Ambiental
  • Grupo Naturalista Mavea
  • Plataforma por la Defensa de la Coordillera Cantabrica
  • SOS Cuideiru
  • Amigos del Tejo y las Tejedas 
  • Ecoloxistes n’Aición d’Asturies
  • Plataforma Vecinal contra las plantas de asfalto y de hormigón por un Oviedo Saludable 
  • Plataforma Xente de Noroccidente
  • Asociación Salvemos los territorios del Bajo Navia
  • Asociación Medioambiental Biodevas
  • Asociación Medioambiental Ecos Astures
  • Plataforma Xente de Oscos-Eo