martes, 18 de enero de 2022

Gijón activa su protocolo contra la contaminación de la zona oeste

Envenenando el aire
Miércoles 19/01/22, 18:30
Desde el 19 de enero, con la activación del Protocolo, se suceden los cambios en sus niveles ante la persistencia de la mala calidad del aire. El último, ante una transitoria mejoría, ha sido su desactivación a las 12:00 horas del 29 de enero. [info actualizada 30/01/2022]

El Ayuntamiento de Gijón activó por vez primera desde su aprobación a partir de las 00:00 horas del 19 de enero el Protocolo de actuación en episodios de contaminación del aire en la zona Oeste de Gijón”. [BOPA 24/11/2021]

Se inició en el nivel de aviso 1 por persistir cinco días consecutivos niveles altos de partículas inferiores a diez micras (PM10) en las estaciones de El Lauredal (Principado) y Arcelor-Santa Cruz (Otras entidades).

DESCARGA DE DATOS de las estaciones:

El protocolo forma parte de una de las 25 medidas aprobadas en el Plan de acción a corto plazo para la reducción de los niveles de partículas en suspensión en la atmósfera de la Zona Oeste de Gijón/Xixón

Consulta el Cuadro resumen de las 25 medidas

Aplicación de las medidas según niveles de activación del Protocolo y Organismos responsables

NIVEL 1 AVISO

Descripción de las medidas

Notificar la activación del Protocolo a los representantes de las administraciones afectadas y servicios competentes en materia de salud (Hospital de Jove, Centros de Salud de La Calzada I y II) a través de los miembros de la Comisión de valoración y seguimiento del Protocolo, para la adopción, en su ámbito competencial, de las medidas correspondientes.
Responsable: Ayuntamiento de Gijón.
Medida de información

Avisar a las empresas ubicadas en la zona en que se activa el Protocolo y que operan bajo una autorización ambiental integrada (AAI) o autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera (APCA), para la adopción de medidas de reducción de emisiones (las que con carácter general establece este Protocolo y las que específicamente concrete su autorización ambiental).
Responsable: El Gobierno de Principado de Asturias a través de la Dirección General con competencias en materia de control de la calidad del aire.
Medida de información

Informar a la población, a través de la página web del Ayuntamiento de Gijón, Principado de Asturias y los medios de comunicación, sobre las medidas correspondientes activadas y la evolución en las concentraciones de contaminantes, incluyendo recomendaciones generales de carácter preventivo.
Responsable: El Ayuntamiento de Gijón y el Gobierno de Principado de Asturias a través de la Dirección General con competencias en materia de control de la calidad del aire y del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias.
Medida de información

Informar a los usuarios de vehículos en las carreteras de titularidad estatal y autonómica de las limitaciones de velocidad que se establecen, incluyendo recomendaciones e información sobre el uso de transporte público. Estos avisos se realizarán mediante los paneles electrónicos informativos que existan u otros medios adecuados.
Responsables: El Gobierno del Principado de Asturias, en las carreteras de titularidad autonómica, a través de la Dirección General con competencias en materia de carreteras y a través del Consorcio de Transportes de Asturias (CTA).
Ayuntamiento de Gijón, respecto a recomendaciones de uso del transporte público.
Medida de información

Limitación de la velocidad en las carreteras de la red estatal y autonómica de la zona en la que se activa en Protocolo: aquellas vías cuyo límite de velocidad habitual es 120 km/h, pasarán a tener un límite de velocidad de 90 km/h.
Responsable: Gobierno del Principado de Asturias, en las carreteras de titularidad autonómica y el Gobierno de España, a través de la Dirección General de Tráfico, en las carreteras de titularidad estatal.
Medida de tráfico

Prohibición de circulación de vehículos pesados que transporten graneles sólidos pulverulentos, por la Avenida Príncipe de Asturias, durante todo el tiempo que dure la activación del Protocolo.
Responsable: Ayuntamiento de Gijón, Gobierno del Principado de Asturias y Autoridad Portuaria de Gijón.
Medida de tráfico

Vigilancia de la circulación de vehículos pesados que transporten graneles sólidos pulverulentos en la zona de activación del protocolo, a fin de comprobar su limpieza y la disposición de sistemas de entoldado y cajas herméticas.
Responsable: Ayuntamiento de Gijón.
Medida de tráfico

Riego de carreteras en aquellos tramos que decida la Comisión de valoración y seguimiento del Protocolo.
Responsable: El Ayuntamiento de Gijón zona urbana y carreteras de titularidad municipal.
Otras medidas

Prohibición de quemas de restos vegetales en suelos no urbanos.
Responsable: El Gobierno de Principado de Asturias
Otras medidas

Extremar las precauciones en los procesos industriales susceptibles de generar emisiones difusas, incluida la manipulación y almacenamiento de graneles, en el marco de sus autorizaciones ambientales.
Responsables de la aplicación de estas medidas son las actividades con autorizaciones ambientales integradas y autorizaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera señaladas en los Anexos II y III, sin perjuicio de que se incorporen nuevas actividades que obtengan dichas autorizaciones.
Medidas para el sector industrial

Adopción de las decisiones logísticas e industriales preventivas oportunas que permitan la puesta en marcha inmediata de las medidas establecidas en el siguiente nivel del Protocolo.
Responsables de la aplicación de estas medidas son las actividades con autorizaciones ambientales integradas y autorizaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera señaladas en los Anexos II y III, sin perjuicio de que se incorporen nuevas actividades que obtengan dichas autorizaciones.
Medidas para el sector industrial

Comunicación inmediata por la empresa al Servicio del Principado de Asturias y al Ayuntamiento de Gijón, con funciones en materia de control ambiental de cualquier situación anómala de funcionamiento que se haya producido y que pueda tener impacto sobre el medio ambiente atmosférico, adoptando la empresa las medidas oportunas.
Responsables de la aplicación de estas medidas son las actividades con autorizaciones ambientales integradas y autorizaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera señaladas en los Anexos II y III, sin perjuicio de que se incorporen nuevas actividades que obtengan dichas autorizaciones.
Medidas para el sector industrial

Riego de viales en instalaciones industriales, particularmente en las zonas de acceso a almacenamientos de graneles a la intemperie.
Responsables de la aplicación de estas medidas son las actividades con autorizaciones ambientales integradas y autorizaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera señaladas en los Anexos II y III, sin perjuicio de que se incorporen nuevas actividades que obtengan dichas autorizaciones.
Medidas para el sector industrial

En actividades realizadas en zonas portuarias, las empresas deberán humectar permanentemente los acopios de graneles, viales y demás focos de emisión difusa tanto en autorizaciones y concesiones como en zonas de Muelle comercial (cintas transportadoras, zonas de carga y descarga, etc.), reduciéndose la carga, descarga, trasiego y transporte de material pulverulento al mínimo indispensable para el mantenimiento de la operatividad del puerto y de las actividades asociadas a estas operaciones.
Responsable: La Autoridad Portuaria regará y humectará todos los viales bajo su responsabilidad y todos los muelles, que no estando autorizados, puedan producir emisiones.
Medidas para el sector industrial

Más información 

respirar aire sano, folleto divulgativo editado por el ayuntamiento de Gijón sobre calidad del aire y salud. Contiene enlaces a distintos sitios webs con información y recursos.

Información en los medios